En el marco del Seminario de Derecho Internacional Privado de la División de Estudios Jurídicos del CIDE, coordinado por la Dra. María Mercedes Albornoz, el lunes 13 de marzo de 2023 se llevó a cabo la sesión “El rol del Derecho Internacional Privado en la transformación de nuestro mundo”, impartida por la Dra. Verónica Ruiz Abou-Nigm, profesora de la Universidad de Edimburgo. El propósito de la sesión fue examinar el papel del Derecho Internacional Privado (en adelante DIPr) para la realización de los 17 puntos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Además, es precisamente el marco normativo para la implementación de dichos objetivos la materia del libro The Private Side of Transforming our World – UN Sustainable Development Goals 2030 and the Role of Private International Law, que fue editado por Verónica Ruiz Abou-Nigm junto con Ralf Michaels, Director del Instituto Max Planck de Derecho Privado Internacional y Comparado, y Hans van Loon, miembro del Instituto de Derecho Internacional y Ex Secretario General de la Conferencia de La Haya del Derecho Internacional Privado.
Así, la Dra. Ruiz Abou-Nigm inició la sesión exponiendo que la humanidad vive una triple crisis global: social, económica y ambiental. Sin embargo, explicó que, mientras que la pobreza y la opresión social han sido reconocidas como problemas mundiales y atendidas desde los Objetivos del Milenio de la ONU 2000-2015, la conciencia global sobre la crisis ambiental apenas comenzó a aparecer. Por ello, y debido a que todos estos problemas están estrechamente vinculados, surge un dilema: es necesario continuar impulsando el desarrollo económico para reducir la pobreza y la desigualdad, pero ¿cómo lograrlo y, al mismo tiempo, mitigar el daño ambiental, si muchas de las formas de lograr el desarrollo económico representan un daño a la naturaleza? En este sentido, la Agenda 2030, entendida como una expansión de la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, da respuesta y plantea 17 objetivos y 169 metas en torno a esta: lograr un desarrollo sostenible.
Ahora, para lograr su consecución, es importante la colaboración interdisciplinar. Sin embargo, el DIPr no ha sido tomado en cuenta por la Agenda como una herramienta para generar soluciones de desarrollo sostenible. De hecho, de acuerdo con la Dra. Ruiz Abou-Nigm, el DIPr ha sido históricamente percibido como un derecho puramente técnico, sin ninguna relevancia política. Por ello, si bien la Agenda hace referencia a diversos marcos normativos de Derecho Internacional Público, tiene un punto ciego en relación con la importancia del DIPr, a pesar de que las transacciones, inversiones y el daño ambiental suceden desde la esfera privada.
Después de establecer su relevancia, el seminario continuó con la explicación de las tres funciones del DIPr encontradas para la colaboración con la Agenda 2030: coordinación, facilitación y regulación. De estas, la función de regulación es la que ha estado más oculta y tiene un gran potencial para contribuir a la realización de los objetivos.
Aunque es cierto que el DIPr tiene un papel relevante en los objetivos del desarrollo sostenible, también lo es que la disciplina encuentra desafíos que deberán ser superados para que pueda contribuir de manera eficiente a alcanzar los 17 puntos de la Agenda 2030. El primero de ellos es que los países tienen diversos marcos legales para regular cuestiones de DIPr y éstos responden a diferentes contextos. Por ello, lo importante es que el DIPr local y sus representantes piensen en su propia problemática y en las respuestas dentro de su propio contexto. En palabras de la Dra. Ruiz Abou-Nigm, “es necesario pasar de adaptar soluciones a crear soluciones”. El segundo, es que el DIPr sigue en una fase de transición: de utilizar legislación y un sistema de precedentes locales, a uno con perspectiva global. El tercero, es que continúa existiendo una visión puramente técnica y formal de esta disciplina y, el cuarto y último de los desafíos mencionados, es que sigue en pie la brecha entre lo público y lo privado.
En conclusión, este seminario demostró la importancia del DIPr para ayudar a alcanzar las metas fijadas en la Agenda 2030. Asimismo, se expuso que la disciplina contribuye a permitir, regular y coordinar las conductas transfronterizas que afectan la vida y el bienestar de los seres humanos, el ecosistema y el planeta en su conjunto. Además, se afirmó que si se adopta una óptica inter-sistémica, pluralista y descentralizada, el DIPr puede proveer incentivos para promover conductas que lleven al desarrollo sostenible. Es menester facilitar las relaciones transfronterizas para poder cumplir con muchas de las 169 metas fijadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Agenda 2030.