¿Cuáles son los argumentos jurídicos en contra de la derogación de DACA por parte de la administración Trump? II/II  

En segundo lugar, es ilegal que el DHS haya promovido está regla, sin proveer la oportunidad de comentar como lo establece el Administrative Procedure Act (APA), negando a los estados demandantes la oportunidad de presentar pruebas contundentes de la efectividad de DACA. Es decir, en el caso del aviso de la derogación de DACA, se presentó como una publicación final sin dar apertura a los comentarios públicos. No obstante, según el procedimiento de APA la regla es solicitar y aceptar comentarios sobre la regulación en cuestión. De tal manera que, en este caso, DHS debió haber considerado los comentarios antes de tomar una decisión final respecto la regla, dejando de considerar los efectos positivos que DACA ha tenido desde que se implementó. Asimismo, APA especifica dos excepciones de casos donde no es necesario la oportunidad de comentarios públicos:

  1. Que involucre asuntos militares o funciones extranjeras de los Estados Unidos
  2. Que involucre materia relacionada con gestión de la agencia o personal o con propiedad pública[1]

Considerando los dos puntos anteriores, la derogación de DACA no entra en ninguna de estas excepciones, puesto que es un tema relacionado con asuntos migratorios; por lo tanto, no hay justificación de la omisión por parte de DHS de no permitir comentarios a su regla. En la demanda, cada uno de los estados demandantes presentan una serie de afirmaciones que demuestran la efectividad de DACA tanto para los beneficiarios directos, como en los estados y en los Estados Unidos en general; afirmaciones que pudieron haber presentado en la etapa de comentarios públicos de haberse respetado el APA.

Finalmente, el último argumento parece ser el más importante pero inconsistente, ya que explica la raíz del problema de ilegalidad de lo expuesto en los dos argumentos previos, que es: la discriminación. Los defensores de la derogación de DACA, así como el presidente Trump, han discriminado a este grupo de jóvenes inmigrantes al violar la equidad de protección garantizada en la Quinta Enmienda y prohibirles sus intereses de añorar una vida y favorecer su educación. Sin embargo, según el texto constitucional estadunidense, a pesar de que contempla algunos derechos fundamentales en sus enmiendas, no contempla derechos económicos, sociales y culturales.[2] Respecto a la discriminación, en el debido proceso sí está contemplado en la quinta y décima cuarta enmienda, pero respecto la protección de sus intereses de añorar una mejor vida y educación no están respaldados legalmente a nivel nacional -sólo llegan a estar contemplados en algunas constituciones estatales-.

Como anteriormente se mencionó, la discriminación por parte del presidente Trump tiene un papel muy significativo en la derogación de DACA, si bien esto fue expuesto en la demanda: New York et. al. vs. Trump. Una demanda presentada por el estado de Nueva York y 16 estados más, también con el objetivo de argumentar porque estaban en contra de la decisión respecto a DACA. En esta demanda, hay una sección donde se enlistan las declaraciones del presidente Trump en contra de los mexicanos, las cuales comprenden la mayoría de los beneficiarios de DACA.

En suma, este texto tuvo como objetivo demostrar que la derogación de DACA, por parte de la administración de Trump, fue un error ya que significará ciertamente un impacto negativo, no solo para la vida de estos jóvenes migrantes, sino incluso para algunos estados de este país. Cabe recordar los motivos por los cuales la derogación de DACA fue ilegal: en primer lugar, porque va en contra de la cláusula de la quinta enmienda; en concreto el debido proceso, al no respetarse el derecho fundamental de una justicia equitativa. En segundo lugar, porque hace caso omiso de la regla de APA que otorga la oportunidad de que estos jóvenes tuvieran una prórroga para conservar DACA. En tercer lugar, es ilegal porque bloquea el desarrollo laboral y académico de estos jóvenes, aunado a un trasfondo de discriminación por parte del presidente Trump. Lo que se analizó en este artículo es una reflexión sobre la situación legal tan delicada en la que se encuentran estos jóvenes migrantes. Lo ideal hubiera sido que el proceso siguiera las premisas de un debido proceso para que estos jóvenes, que no están causando ningún daño al país, pudiesen haber presentado argumentos a su favor. Asimismo, la DHS debió respetar el APA para que entonces los jóvenes y, en este contexto, los estados demandantes, hubiesen tenido oportunidad de presentar pruebas que demuestren lo contrario a todas las falsas creencias sobre los dreamers.

Lo ideal es que este caso llegue a la Corte Suprema y exista una resolución a favor de estos jóvenes. Otra solución es que, en materia legislativa, exista la cooperación para poder impulsar la iniciativa del BRIDGE Act, el cual podría subsanar o incluso prever los efectos negativos que la derogación de DACA acarrea. Desde una perspectiva internacional, sería pertinente que la Constitución de los Estados Unidos tuviera presentes derechos culturales, económicos y sociales que se encuentran en diversos instrumentos internacionales. Pues no hay que olvidar que la diversidad cultural es lo que realmente ha hecho a Estados Unidos un país grandioso.

Sara Isela Contreras Medrano. Estudiante de la licenciatura en derecho del CIDE.

NOTA: Las opiniones y datos contenidos en este documento son de la exclusiva responsabilidad de su(s) autor(es) y no representan el punto de vista del CIDE como institución.

_______________________________________

[1] «The Administrative Procedure Act «, Electronic Privacy Information Center, consultado Octubre 24, 2017.https://epic.org/open_gov/Administrative-Procedure-Act.html.

[2] “Human rights & the U.S.», The advocates of human rights, consultado Noviembre 13, 2017,http://www.theadvocatesforhumanrights.org/human_rights_and_the_united_states.

Bibliografía:

Caballero, José Antonio. El debido proceso: una aproximación desde la jurisprudencia latinoamericana. DF: Suprema Corte de Justicia de la Nación.

«Congress, get ready to do your job-DACA!»(@realDonaldTrump, Septiembre 5, 2017)

Department of Homeland Security. “Enforce and Administer Our Immigration Laws”. Publicado Junio 28, 2016.https://www.dhs.gov/administer-immigration-laws

Duke, Elaine C.» Memorandum on Rescission of Deferred Action for Childhood Arrivals (DACA)».Última publicación Septiembre 5, 2017. https://www.dhs.gov/news/2017/09/05/memorandum-rescission-daca

Gonzáles, Manuel. Constitución Federal de los Estados-Unidos de América, con discursos del general Washington.DF: Colección Bicentenarios, 2013.

Huerta, Sofía y Montaerrat Sánchez. “Con la cancelación de DACA  ¿cómo es ser un dreamer mexicano en EU? Conoce sus historias”. Animal político, Septiembre 11, 2017.http://www.animalpolitico.com/2017/09/dreamer-mexicanos-historias-daca/

Lourdes M. Rosado, Abigail b. Taylor, Robert W Ferguson et al. «First amended complaint for declaratory and injunctive relief”. Consultado Noviembre 17, 2017.https://ag.ny.gov/sites/default/files/states_amended_complaint_and_exhibit.pdf.

Naciones Unidas. “La declaración Universal de Derechos Humanos”. Consultado Noviembre 15 http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/.

National Archives. “Administrative Procedure Act”. Consultado Octubre 30, 2017.https://www.archives.gov/federal-register/laws/administrative-procedure/551.html

«Qué es DACA y qué efectos tiene que el gobierno de Trump haya revocado la política que ampara a 750.000 jóvenes indocumentados en Estados Unidos”. BBC Mundohttp://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-41117654.

The advocates for human rights. “Human rights & the U.S.».Consultado Noviembre 13, 2017.http://www.theadvocatesforhumanrights.org/human_rights_and_the_united_states.

The heritage Guide to the Constitution. “Amendment xiv: citizenship, privileges as immunities, due process, equal protection, apportionment, disqualification for rebellion, debts incurred during rebellion». Consultado Noviembre 13, 2017. http://www.heritage.org/constitution#!/constitution#essay

The White House.» President Donald J. Trump Restores Responsibility and the Rule of Law to Immigration».Consultado Octubre 30.https://www.whitehouse.gov/the-press-office/2017/09/05/president-donald-j-trump-restores-responsibility-and-rule-law

U.S. Citizenship and Immigration Services. «Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)».Última modificación Junio 10, 2017. https://www.uscis.gov/es/acciondiferida

U.S. Citizenship and Immigration Services. “Consideration of Deferred Action for Childhood Arrivals (DACA)». Última modificación Junio 10, 2017.https://www.uscis.gov/archive/consideration-deferred-action-childhood-arrivals-daca

U.S. Department of Homeland Security.» Frequently Asked Questions: Rescission Of Deferred Action For Childhood Arrivals (DACA)». Septiembre 5,2017.https://www.dhs.gov/news/2017/09/05/frequently-asked-questions-rescission-deferred-action-childhood-arrivals-daca.

Xavier   Becerra, Brian E. Frosh, Janet T. Mills y Lori Swanson. “Complaint for declaratory and injunctive relief «. Acceso Octubre 17, 2017.https://oag.ca.gov/system/files/attachments/press_releases/DACA%20Lawsuit.pdf

(Visitado 272 veces, 1 visitas hoy)

Un comentario en “¿Cuáles son los argumentos jurídicos en contra de la derogación de DACA por parte de la administración Trump? II/II  

Comentarios cerrados.